Diferencia entre finiquito y liquidación

Última actualización: 15 de octubre de 2026

Respuesta corta

El finiquito te lo pagan siempre que termina tu trabajo: es lo que ya ganaste y no has cobrado. La liquidación es el finiquito más una indemnización, y te corresponde solo cuando te despiden sin causa justificada.

Si renuncias, recibes finiquito. Si te despiden sin causa, recibes liquidación.

Tabla comparativa

ConceptoFiniquitoLiquidación
Salario pendienteSíSí
Aguinaldo proporcionalSíSí
Vacaciones y prima vacacionalSíSí
Prima de antigüedad (12 días por año)Solo con 15 años o másSí, sin mínimo de años
Indemnización de 3 mesesNoSí
20 días por año trabajadoNoSi el patrón se niega a reinstalarte
Salario baseSalario diarioSalario diario integrado para la indemnización
Cuándo aplicaRenuncia, fin de contrato, despidoDespido injustificado

¿Qué es el finiquito?

Es el pago que cierra la relación laboral. Suma tu salario de los días trabajados que no te han pagado, la parte proporcional del aguinaldo, las vacaciones que te corresponden en el año y las que no tomaste antes, más la prima vacacional del 25% como mínimo. Te lo deben aunque solo hayas trabajado unas semanas. Más detalle en qué es el finiquito.

¿Qué es la liquidación?

La liquidación compensa el daño de un despido sin causa. Además del finiquito, tu patrón te debe 90 días de salario diario integrado (artículos 48 y 50 de la LFT) y la prima de antigüedad. Si demandas la reinstalación y el patrón se niega, también te debe 20 días de salario por cada año trabajado (artículo 50, fracción II).

Para un trabajador con $12,000 mensuales y 3 años de antigüedad, la diferencia es grande: si sale a mediados de octubre, el finiquito ronda los $12,700, mientras que la liquidación completa llega a unos $90,000. Calcula tu caso en la calculadora de liquidación.

¿Cuál te corresponde según tu caso?

Renuncia

Te corresponde el finiquito. Si llevas 15 años o más, súmale la prima de antigüedad. No recibes indemnización. Lee finiquito por renuncia voluntaria.

Despido justificado

Si tu patrón demuestra una causa del artículo 47 y te dio el aviso por escrito, recibes finiquito y prima de antigüedad. No hay indemnización.

Despido injustificado

Recibes la liquidación completa. Si el patrón te pide firmar una renuncia después de despedirte, no la firmes: con una renuncia firmada pierdes la indemnización. Tienes dos meses para presentar tu solicitud ante el Centro de Conciliación.

Fin de contrato temporal

Si tu contrato por tiempo u obra determinada terminó en la fecha pactada, recibes finiquito. Si el patrón te sigue dando trabajo después del vencimiento, el contrato se vuelve por tiempo indefinido y un despido posterior sí genera liquidación.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo finiquito que liquidación?

No. El finiquito paga lo que ya ganaste. La liquidación agrega una indemnización por despido injustificado.

¿La liquidación incluye el finiquito?

Sí. La liquidación suma el finiquito más la indemnización y la prima de antigüedad.

¿Qué conviene más, renunciar o que me despidan?

En dinero, un despido injustificado te da más porque incluye la indemnización. Pero si el patrón alega una causa justificada, tendrías que defender tu caso. Antes de decidir, calcula ambos escenarios y consulta a la PROFEDET.

¿Qué es una carta finiquito?

Es el documento que firmas al recibir tu pago, donde declaras que el patrón te pagó todo. Revisa cada cantidad antes de firmar.

Información general basada en la Ley Federal del Trabajo. No es asesoría legal.